Mi empresa no me paga, ¿qué puedo hacer?
En los últimos años se han multiplicado los impagos a los trabajadores y los retrasos a la hora de cobrar sus nóminas. Ante este tipo de situaciones, especialmente desagradables para quienes la sufren, el trabajador se siente muchas veces indefenso, pero siempre hay que tener presente algo muy importante: que, legalmente, el trabajador tiene derecho a reclamar y a percibir el dinero que se le adeuda.
El trabajador puede reclamar el dinero que se le debe desde el mismo momento en que se produce el impago total o parcial de una nómina. Normalmente, se considera que hay un impago cuando han transcurrido 6 días del mes siguiente al que se debería haber cobrado.
Eso sí, antes de iniciar cualquier proceso hay que conocer cuáles son los motivos por los que la empresa ha dejado de pagar en el plazo previsto y si lo va a solucionar lo más rápidamente posible. Si es así, es mejor esperar -siempre que sea posible- antes de emprender acciones legales contra la empresa, que deberían iniciarse después de tres meses de impagos porque ése es el tiempo en el que se considera que el impago del salario es reiterado.
Si tu empresa cuenta con representantes sindicales, coméntales la situación para que te orienten y, si puedes, pide asesoramiento a un experto en Derecho Laboral. El proceso legal se inicia al presentar una papeleta de conciliación donde hay que reflejar el concepto (nómina de tal mes y paga extra, por ejemplo) y las cantidades en bruto que se han dejado de percibir.
La ley permite además solicitar un interés del 10% sobre las cantidades adeudadas. El plazo para reclamar las cantidades que te debe tu empresa es de un año desde el momento en que debían haberse percibido.
Además del daño económico que supone no cobrar el dinero que legalmente le corresponde, el trabajador también sufre un perjuicio moral. En los casos en que la situación es insostenible, el empleado puede solicitar la resolución y extinción del contrato de trabajo a causa de los impagos y que se le reconozca una indemnización igual que si se tratase de un despido improcedente y el derecho a percibir la prestación por desempleo.
Recuerda que la falta de pago o los retrasos continuados en el abono del salario pactado se consideran causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato en los mismos términos que un despido improcedente.
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Terminé mi relación laboral con una empresa el 30 de septiembre. El motivo fue por que era un contrato temporal y llego a su finalización. El problema es que a esta fecha aún no me han pagado la última nómina, ni me han llamado para firmar el finiquito, ni mucho menos lo he cobrado. Tras mucho insistir la semana pasada ( más de tres semanas desde la finalización del contrato), enviaron el certificado de empresa al SEPE, cuando yo había depositado la solicitud de ayuda hacía mas de dos semanas. También trabaje hasta el último día de septiembre, ¿tengo derecho a vacaciones? (trabaje 2 meses), en mi vida laboral figura que termine el 30 de septiembre, en otras empresas que trabaje antes hay unas anotaciones, vacaciones retribuidas y no disfrutadas, pero en esta no apesar de haber estado trabajando hasta el 30 y sin tomarme ningun día de asuntos propios ni de vacaciones.
Nuestro consejo es que acudas a una institución pública, expones tu caso y ellos podrán asesorarte. Nosotros simplemente somos un portal que agrega ofertas de empleo. Un saludo
Hola, llevo ano y medio en una empresa con contrato de teleoperador y me han cambiado a un nuevo dept° como gestora de cobros pero no han cambiado mi categoría, solo me han puesto un plus, es legal?
Buenos días, Rachel. No podemos darte la respuesta, al fin y al cabo, no nos dedicamos a ello. Lo mejor es que acudas a un experto. Sentimos las molestias. Un saludo.
Buenos días: mi empresa tiene dos factorías en la misma provincia , con dos convenios diferentes fruto de una fusión.
hace años fui trasladado de A a B con una indemnización de 2.000 euros , pero el traslado no fue efectivo , sigo trabajando en la factoría B y cobrando la nomina en la factoría A. llevo reclamando varios años y no me hacen caso. el motivo que las condiciones de B son mas ventajosas que en A.
la duda que tengo es si ir a magistratura o denunciar el caso a la inspección de trabajo.
saludos
Buenos días. He trabajado 5 meses por una empresa en Gran Canaria. Antes de empezar he firmado una oferta de empleo donde era escrito que cada mes de mi salario me van detener una cantidad fija de dinero por el alojamiento. . yo beneficie del alojamiento pero No me detuvieron esa cantidad mensual y ahora me piden la cantidad entera de dinero por los 5 meses por transferencia bancaria, motivando que fue un error cada mez con mi salario. Tienen derecho legal de solicitarme el dinero retroactivamente aunque si fue un error de ellos? Que ley es y que puede pasar si no pago?
Hola buenas tardes, mi consulta es la siguiente: estaba de baja por riesgo en el embarazo mi empresa un restaurante cerro y mando sus trabajadores a un erte el día 16 de marzo aproximadamente yo di a luz el día 30 de marzo, aun no he podido gestionar la baja de maternidad. En principio cogeré las 16 semanas seguidas, mi pregunta es después que pasa? Los días de lactancia me corresponden, quien los paga? Y las vacaciones tengo derechoa hacerlas? O tendría que irme directamente al erte? Puedo hacer las vacaciones si tuviera derecho, después del ERTE? Puedo hacer los días de lactancia si tuviera derecho después del ERTE? Por otro lado si no tuviera derecho a vacaciones ni a lactancia podría coger las 6 semanas obligatorias de baja de maternidad, cogerme después al erte y hacer las 10 semanas restantes después???? Muchas gracias.
Buenos días,
Me han quitado dinero de mi tarjeta ticket restaurant. Es dinero por el que yo he cotizado y me pertenece.
Lo pagan como salario en especie y luego me lo quitan sin haberlo podido gastar…
¿Cómo se puede reclamar o demandar para que me devuelvan mi dinero?
Gracias,
Buenas tardes.
Quisiera hacer una consulta en torno a una excedencia voluntaria.
El caso es que en septiembre solicité una excelencia voluntaria de un año de duración y en nuestro pacto de empresa de 2019 se recogía lo siguiente:
El trabajador que se encuentre en excelencia voluntaria se incorporará automáticamente so se cumplen las siguientes dos condiciones:
1-Solicitar la reincorporación por escrito con el plazo de un mes de antelación.
2-Que el nuevo trabajador contratado haya sido contratado con un contrato temporal.
Voy a solicitar la reincorporación y se cumplen las dos condiciones anteriormente citadas, pero durante este mes de enero han modificado el pacto de empresa y han eliminado este artículo del mismo. Remitiéndose a lo recogido en el Estatuto de los Trabajadores. Empeorando clarísimanente las condiciones del trabajador.
Sé que el Estatuto de los Trabajadores en los casos de excedencia voluntaria solo garantiza un derecho preferente al trabajador en esta condición, nunca el derecho a volver a reincorporarse. Y mucho me temo que se van a remitir a lo recogido en el ET.
Mi pregunta es si se me aplicará las condiciones del pacto de 2019 que eran las que yo conocía y estaban en vigor cuando me acogí a la excelencia.
Es espera de vuestra ayuda.
Muchas gracias.
David
Trabajo de camarera de pisos y con estado de alarma dia 17.03 me mandaron vacaciones sin previo aviso. Mi contrato era temporal y finaliza en 06.04 hasta entonces estoy de vacaciones. Mi empresa dia 20.03 cierra hotel. Mi pregunta es ahora yo no tengo derecho a paro porque no he acumulado un año solo seis meses y dado la situacion no me renuevan contrato
Buenos días, mi consulta es la siguiente:
Trabajo de limpiadora y en un centro que limpiaba a las 5:30 de la mañana ahora quieren que vaya a las 7:30 (todo esto avisándome de un día para otro) yo les dije que no podía por la niña pero ellos van a lo suyo y dicen que es mi problema y me obligan a hacerlo y claro ahora me trastoca toda mi organización porque tengo que preparar a la niña y llevarla al colegio y con este cambio no puedo y me esta situación me está afectando psicológicamente creándome estrés y ansiedad. Hasta que punto me puedo negar y me si me pueden sancionar por no acudir a ese centro hasta que organice mi vida incluso había pensado llevarme a mi hija al trabajo me podrían despedir o sancionar?
También por este asunto me he visto obligada a pedir la reducción de jornada por guarda de hijo menor de 12 años. Gracias.
Trabajo de camarera de pisos y con estado de alarma dia 17.03 me mandaron vacaciones sin previo aviso. Mi contrato era temporal y finaliza en 06.04 hasta entonces estoy de vacaciones. Mi empresa dia 20.03 cierra hotel. Mi pregunta es ahora yo no tengo derecho a paro porque no he acumulado un año solo seis meses y dado la situacion no me renuevan contrato
Buenas tardes,
Por favor me podéis confirmar si puedo cobrar la prestación de desempleo, porque entre la baja laboral y el ultimo cese por el empresario han pasado mas de 3 meses, desconozco si el cese en periodo de prueba por trabajador (empresa 2), consta en termino como baja voluntaria, pero fue cese en periodo de prueba por mi parte:
Empresa 1ª: 15/12/2019: Baja voluntaria, para incorporarme en empresa 2ª (21 certificado empresa).
Empresa 2ª: 03/03/2020: Cese en periodo de prueba a instancia del trabajador, lo realice para porque las condiciones reales no se asemejaban en nada a lo estipulado (09 certificado empresa). La misma semana me incorporé a empresa 3ª.
Empresa 3ª: 17/03/2020: Cese en periodo de prueba a instancia del empresario, por COVID-19 (07 certificado empresa).
En una reducción de jornada laboral por erte por coronavirus, si se contrató a alguien de apoyo al departamento para delegar ciertas tareas que yo hacia por si había otros trabajos nuevos hace menos de un año, Pero ahora solo hay los trabajos de siempre y seguia trabajando con normalidad¿Pueden reducirme a mi mas horas y dejar a esa nueva persona con el doble de horas que yo para tareas que yo realizaba antes y que se contrato solo como apoyo? Gracias
Hola, tengo una duda. Soy empleada del hogar y he estado trabajando interna en una casa durante 7 años. Con la entrada del estado de alarma, mi jefa me dijo que no acudiera a casa por la seguridad de su familia, por lo que tuve que ir a vivir a casa de mi pareja, estando fuera de esa casa desde el 15 de marzo hasta el 31 de mayo e incorporándome de nuevo el 1 de junio. Ese mismo día le manifesté mi intención de abandonar dicho trabajo ya que no me quería externalización, dándole 15 días para que buscase una chica nueva. En la fecha que estuve fuera, llegamos a un acuerdo por el que me pagaba el 50% de mi sueldo. A la hora de la liquidación, le tiempo que he estado fuera, no me lo computa, manifestando que no es tiempo de trabajo efectivo, cuando he estado de alta y cotizando, es legal o correcto esto?
Muchas gracias y un saludo.
Buenas noches,
el 20 de julio mande una carta con mi baja voluntaria en la que dejaba de trabajar el 22 de julio por lo que no he avisado con 15 días de antelación. Quería saber:
– esta semana he trabajado 3 días de noche y quiero saber si el plus de nocturnidad me lo pueden quitar por no avisar con 15 días de antelación.
– quería saber cuándo empieza el periodo de preaviso ..el mismo día que envió la carta o a partir del día siguiente.
Gracias
Un saludo
hola ,pretenezco al sector de artes graficas,mi nomina es fija todos los meses,desde hace 9 meses causo baja por contingencias comunes,y cada mes cobro diferente ,la empresa alega que la SS paga por dias,mi base es de 1331 e,y ahora cobro entre 755 y 813 e,depende del mes,no se por convenio si tendria que cobrar siempre el 75% de la base o de lo contrario la empresa tendria que poner la diferencia,y si este sistema de pago es asi,podrian aclararme esta duda,
Buenas tardes,
le escribo ya que estoy tramitando la compra de una vivienda (concretamente casa con parcela), y me he dado cuenta de que en nota simple y en referencia catastral la casa (sin contar parcela) mide 42 m2, pero en la realidad mide más (la superficie total no varía).
El caso es que hace 10-15 años hicieron obra para ampliar la casa reduciendo el terreno que tenía, se pidió licencia de obras, se tienen los papeles sellados por el ayuntamiento autorizando y se pagó, pero luego al finalizarla no se llevaron los nuevos daros al registro, por ello siguen constando los antiguos.
A raíz de esto me cuestiono varios aspectos:
¿Es necesario actualizar estos datos en registro y catastro? ¿Puedo tener consecuencias legales si no lo hago?
Si la respuesta es afirmativa, ¿cómo hago el cambio de estos datos?
¿Qué coste tendría?
¿El notario que lleve a cabo la compraventa del inmueble puede hacer el cambio de metros al hacer el cambio de titular en las escrituras cuando compre el inmueble?
Gracias por su atención.
Un saludo.
Buenas noches,tengo 54 años ,solicite el subsidio mayores de 52 años y me lo denegaron por no cumplie el periodo de carencia especifica,estoy cotizando el convenio especial por cuidadora de un familiar,en agosto are los 2 años de este convenio,quisiera que me aclarasen si apartir de entonces lo puedo solicitar,los demas requisitos los cumplo,gracias.
Buenas tardes , estoy en una empresa de limpieza a 35horas semanales ,con contrato parcial hasta finalización de obra,mi encargada me comunicó que el día 1/09 me van a bajar las horas a 21 horas semanales … quisiera saber si es legal ??
Hola, se me termino el contrato estando de baja y comencé a percibir una I. T.
Y no quieren pagarme vacaciones porque dicen que ya estoy cobrando una pensión.
Esto es legal?
Hola quisiera saber que debo hacer mi empleador quiere convertir su empresa en s.a y nos pide que renunciemos y que de igual manera seguiriamos conservando la antiguedad que se hace en este caso
Buenas tardes,
Si se ha llegado a un acuerdo con la empresa mediante el Sercla por motivo de despido, y no estoy de acuerdo con las cantidades ya que el cálculo se ha realizado con menos años, puedo reclamar, donde y como puedo hacerlo.Gracias
Hola ,quisiera saber si con un contrato de 14 h semanales y en el contrato me ponen 30 días de vacaciones y solo me dan 15 días .puedo reclamar los otros 15 días?
Cómo debo calcular mi finiquito teniendo en cuenta que he trabajado 3 meses, el primero jornada completa y los otros dos parcial, 40 y 24 horas semanales respectivamente. Con nómina variable, salario base + comisiones que se reflejan en conceptos de anticipos e incentivos.
No he disfrutado de vacaciones y tampoco sabría cómo calcularlas
Hola.
Yo trabajo en una tienda que cierra todos los Festivos. Si yo tengo un contrato a 32 horas semanales (convenio comercio / dependienta) , ¿debo compensar las horas no trabajadas en un día festivo?.
Ej: Los miércoles yo debo hacer 4 horas, pero cae en festivo. Debería compensar esas 4 horas no trabajadas en otro día del mes? ¿Cambia el derecho a festivos según las horas que tenga de contrato?
Mi otra duda es sobre las horas de trabajo.
Mi contrato dice que yo debo hacer 32h a la semana, pero me dicen en la empresa que debo hacer 137.5 horas al mes (multiplica 32h semanales x 4,3 semanas del mes) para cobrar lo mismo todos los meses. ¿Esto es legal? ¿Si yo no hiciera estas horas cobraría distinto cada mes?
Hola, tengo algunas dudas sobre mi contrato de trabajo y las condiciones.
Una de las dudas es sobre los días festivos.
Yo trabajo en una tienda que cierra todos los Festivos. Si yo tengo un contrato a 32 horas semanales, ¿debo compensar las horas no trabajadas en un día festivo?.
Ej: Los miércoles yo debo hacer 4 horas, pero si cae en festivo. Debería compensar esas 4 horas no trabajadas en otro día del mes? ¿Cambian mis derechos a disfrutar los festivos según la cantidad de horas que tenga de contrato?
Mi otra duda es sobre las horas de trabajo.
Mi contrato dice que yo debo hacer 32h a la semana (convenio comercio / dependienta). Me dicen que debo hacer 137.5 horas al mes (multiplica 32h semanales x 4,3 semanas del mes) para cobrar lo mismo todos los meses. ¿Esto es legal? ¿Si yo no hiciera estas horas cobraría distinto cada mes?
Muchas gracias, espero que podáis ayudarme. Un saludo
Una empresa de seguros me han dicho que me harian un contrato de formación por dos meses y luego contrato normal, yo tengo 50 años y también me han dicho que podría seguir cobrando el paro con este contrato, es posible que sea verdad?
Hola, llevo desde el 2016 con contratos de interinidad 510 y 410 alternando, en noviembre del 2016 me cerraron un contrato 410, me abrieron un contrato 402 por un día y me volvieron a abrir un contrato 410 hasta hoy, podría ser una concatenación de contrato? podría reclamar un contrato indefinido o ya ha prescrito. Gracias