Antes de ponerte a tramitar demandas y denuncias varias, esta sería la vía que se debería agotar, la de solucionar los problemas dentro del ámbito de la propia empresa y poniéndolo por tanto en conocimiento de tu comité de empresa, es decir, de los representantes de los trabajadores.
En una gran mayoría de los casos, los representantes de los trabajadores y miembros de los comités de empresa están respaldados por los grandes sindicatos. Aun así, muchos trabajadores prefieren denunciar su caso a las asesorías de los propios sindicatos, directamente, y se encargan de intentar que se cumplan los derechos quebrantados.
En un caso por ejemplo en el que se despide a un trabajador sin respetar sus derechos, esta decisión del empresario debe ser impugnada ante el Juzgado de lo Social, previo intento de conciliación, mediante la presentación de la oportuna demanda. La demanda ante la Jurisdicción Social ha de interponerse en el plazo de 20 días hábiles siguientes a aquél en que se hubiera producido el despido (la fecha que conste en la carta o la fecha en que de hecho se ha producido cuando no se ha comunicado por escrito).
Sin perjuicio de todo lo anterior, también podrá presentar denuncia ante la Inspección de Trabajo para que se lleven a cabo las actuaciones oportunas para investigar si alguna acción de la empresa puede ser constitutiva de infracción administrativa.
Se trata de una página web que el Ministerio de Empleo tiene a disposición de los trabajadores para que cualquier ciudadano pueda notificar infracciones y conductas fraudulentas y sean objeto de análisis y, en su caso, de investigación por la Inspección de Trabajo. La principal característica de este sistema es que es totalmente anónimo.
Toda persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran constituir infracción en materias competencia de la ITSS (laboral, seguridad y salud laboral, seguridad social, empleo, etc.) puede reclamar los servicios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Dichos servicios se deben solicitar a través de denuncia por escrito en las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social y deberá contener los datos de identificación personal del denunciante y su firma; los hechos presuntamente constitutivos de infracción; fecha y lugar de su acaecimiento; identificación de los presuntamente responsables; y demás circunstancias relevantes. Para ello podrá utilizarse este modelo de denuncia.
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